Factura de arrendamiento: cómo emitirla paso a paso

7 de febrero de 2026 · María Elena Rodríguez

Si eres propietario y rentas un inmueble, facturar renta ante el SAT es una obligación, no una opción: cada pago que recibas de tu inquilino debe respaldarse con un CFDI de arrendamiento. El proceso no es complicado una vez que tienes tu e.firma o contraseña del SAT, tu régimen fiscal activo y los datos fiscales del inquilino a la mano. Este artículo resume el proceso paso a paso, desde darte de alta como arrendador hasta timbrar tu primera factura mensual, además de los errores más comunes que debes evitar para no tener contratiempos con tu inquilino o con el SAT.

Aviso importante

Este artículo tiene fines informativos. Las cifras y condiciones pueden variar según el banco, estado o momento de contratación; confirma datos actualizados con la institución correspondiente o un asesor certificado.

Qué necesitas antes de facturar

Para emitir tu primera factura de arrendamiento necesitas estar dado de alta ante el SAT en el régimen correspondiente, ya sea el general de arrendamiento o RESICO, según tu caso, y contar con acceso al portal mediante tu e.firma o tu contraseña. También necesitas el RFC y el uso de CFDI que te indique tu inquilino, así como la descripción exacta del servicio: renta de inmueble, incluyendo la dirección y el periodo que cubre el pago. Si el inquilino es una empresa, probablemente te pedirá que el concepto coincida con lo que ellos registran como gasto deducible, así que confirma los datos antes de timbrar para evitar tener que cancelar y reemitir el comprobante. Tener tu Constancia de Situación Fiscal actualizada también ayuda a que el sistema de facturación prellene correctamente tu régimen y domicilio fiscal.

Pasos para emitir el CFDI de renta

El proceso general para facturar renta es similar sin importar qué plataforma de facturación uses, ya sea el portal gratuito del SAT o un proveedor autorizado de certificación:

  • Ingresa a tu sistema de facturación con tu e.firma o contraseña
  • Selecciona el régimen fiscal correcto y el concepto "arrendamiento de inmueble"
  • Captura el RFC del inquilino y el uso de CFDI solicitado
  • Verifica el monto, el periodo de renta y el método de pago
  • Confirma la moneda y, si aplica, si el pago incluye IVA por uso comercial
  • Timbra la factura y envíasela al inquilino en PDF y XML

Errores comunes al facturar arrendamiento

Muchos arrendadores primerizos cometen errores que retrasan el proceso o generan fricción con el inquilino. Uno de los más frecuentes es capturar mal el RFC o el uso de CFDI, lo que obliga a cancelar y reemitir la factura. Otro error común es olvidar desglosar el IVA cuando el inmueble se renta para uso comercial, ya que la vivienda residencial suele estar exenta pero los locales y oficinas no. También es habitual que el propietario no facture el mes exacto en que recibió el pago, sino que acumule varios meses, lo cual puede generar inconsistencias frente a la declaración anual. Por último, algunos arrendadores olvidan actualizar su régimen fiscal cuando sus ingresos cambian de rango, lo que puede derivar en cálculos incorrectos de impuesto.

Preguntas frecuentes

¿Puedo facturar renta sin ser persona moral?

Sí, cualquier persona física dada de alta como arrendador ante el SAT puede emitir facturas de arrendamiento, sin importar si el inquilino es un individuo o una empresa.

¿Qué pasa si me equivoco al timbrar la factura?

Puedes cancelarla dentro de los plazos que permite el SAT y emitir una nueva con los datos correctos. Es importante notificar al inquilino para que ajuste su contabilidad también.

¿Debo facturar aunque el inquilino pague en efectivo?

Sí, la obligación de facturar aplica sin importar el método de pago; solo debes registrar correctamente la forma de pago en el CFDI, ya sea efectivo, transferencia o tarjeta.

Estima cuánto puedes cobrar de renta por tu propiedad

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María Elena Rodríguez

Redactora especializada en contenido inmobiliario en Inmobiliaria32, enfocada en guías para compradores, inquilinos y propietarios en México.